La convocatoria impugnada, que afecta tanto al hospital Infanta Margarita como a los centros de Atención Primaria, pretendía crear un cargo no reconocido en la normativa sanitaria vigente
COMARCA, 13/11/2017
Hospital Infanta Margarita (FOTO: archivo)[/caption]
El sindicato de enfermería SATSE ha hecho pública la anulación judicial de la convocatoria realizada por el Servicio Andaluz de Salud -SAS- para cubrir el puesto de director de Unidad de Gestión Clínica de Laboratorio del Área Sanitaria Sur de Córdoba, una resolución de la administración sanitaria que fue recurrida por la organización sindical ante la Dirección General de Personal del SAS, en primera instancia, y que posteriormente fue elevada al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía -TSJA- al entender que no se había contemplado en las bases la obligatoriedad de que los participantes debieran ser personal estatutario con vinculación fija al Sistema Nacional de Salud.
SATSE argumentó en su recurso que las Unidades de Gestión Clínica "no están creadas legalmente en los hospitales y que la categoría de director no está contemplada en la normativa vigente", hechos que se suman a que la convocatoria impugnada "afectaba a un puesto de cargo intermedio interniveles", o lo que es lo mismo, que su labor afecta tanto al hospital comarcal Infanta Margarita de Cabra como a los centros de Atención Primaria de la zona.
Tras esta sentencia favorable para la organización sindical su cúpula en el Área Sanitaria Sur de Córdoba considera que la organización de estas unidades “no justifica que se ignoren normas básicas y estatutarias, ni tampoco las numerosas sentencias dictadas en este sentido, dando apariencia de legalidad”. Por otro lado, SATSE estimó que “al ser nula la convocatoria en el aspecto esencial también lo son todos los actos posteriores incluido el nombramiento al no ser posible convalidar actos posteriores derivados de un acto nulo”.
El sindicato valoró que los jueces pongan nuevamente orden en una cuestión como son los nombramientos de cargos para las Unidades de Gestión, al margen de la normativa vigente, a causa de lo que consideraron “empecinamiento y tozudez del SAS en la toma de decisiones” que lleva a la Administración sanitaria a “obviar las leyes, los decretos y la jurisprudencia creada por los órganos judiciales correspondientes, lo cual provoca sentencias como la referida”.